Disposición Nº 35/2013
Fecha de disposición | 21 Enero 2013 |
Fecha de publicación | 08 Marzo 2013 |
Sección | Disposiciones |
Bs. As., 21/1/2013
VISTO el Expediente Nº 1.535.843/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/8 vuelta del Expediente Nº 1.535.843/12, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el sector sindical y la empresa AUTOLATINA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora y conforme surge de los antecedentes obrantes por ante esta Cartera de Estado, parte del personal de dicha firma fue transferido a la empresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.
Que en virtud de ello y en mérito a tales antecedentes, debe tenerse a los actores sociales citados en el primer párrafo del presente, conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo cuya homologación se pretende.
Que respecto al ámbito personal y territorial del acuerdo cuya homologación se pretende se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 8/89 “E” cuyas escalas salariales se modifican.
Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que...
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