Disposición 66/2008

Fecha de disposición03 Septiembre 2008
Fecha de publicación03 Septiembre 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31481

Cronograma de Ejecución.

El titular del establecimiento industrial o de servicios deberá identificar las acciones y procesos contenidos en el PLAN DE ACTIVIDADES, definiendo los plazos para su concreción y ejecución;

tiempo total necesario y fechas de comienzo de los cómputos de cada uno de los términos previstos para el inicio y finalización de cada una de las acciones, procesos o actividades a implementar, consignándolas en un CRONOGRAMA DE EJECUCION.

Forma de presentación de la documentación requerida.

Para la presentación del PLAN DE ACTIVIDADES junto con su respectivos INDICADORES DE DESEMPEÑO y CRONOGRAMA DE EJECUCION, el titular del establecimiento industrial o de servicios de que se trate, podrá eventualmente contar, según sea el caso, con formularios tipo desarrollados por la Dirección Nacional de Gestión del Desarrollo Sustentable; pudiendo siempre adjuntar gráficos, planos, u otra información relevante que facilite la comprensión de los datos incluidos en los mismos.

ANEXO IV MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ACTIVIDADES Y CONSECUENTEMENTE, DE LAS METAS DISPUESTAS EN EL PRI.

Esta fase tiene como objetivo el monitoreo de lo comprometido en el Convenio de Reconversión Industrial (CRI) firmado por las partes, siendo sus ANEXOS I y II el PLAN DE ACTIVIDADES y su CRONOGRAMA DE EJECUCION, respectivamente; y su ANEXO III el PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO de su cumplimiento, el que debe a su vez ser elaborado en función del presente;

todo en base al PROGRAMA DE RECONVERSION INDUSTRIAL debidamente aprobado de que se trate.

El titular del establecimiento industrial o de servicios que haya suscripto el Convenio de Reconversión Industrial (CRI) respectivo deberá enviar a esta Subsecretaría, en forma fehaciente y oportuna, INFORMES DE AVANCE de la ejecución y cumplimiento gradual del PLAN DE ACTIVIDADES que se encuentre implementando y su correspondiente relación, en su caso, con el grado de cumplimiento de las METAS dispuestas, de conformidad con los plazos y fechas consignadas en el CRONOGRAMA DE EJECUCION respectivo. La Subsecretaría remitirá a la AUTORIDAD LOCAL, a la mayor brevedad posible, copia de los mismos a sus efectos.

Tales INFORMES DE AVANCE deberán contar con la siguiente información:

  1. Detalle de las acciones desarrolladas o ejecutadas y su grado de avance. En todos los casos el titular del establecimiento industrial o de servicios deberá enviar en forma fehaciente toda la información relevante que, a...

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