Disposición 66/2008
Fecha de disposición | 03 Septiembre 2008 |
Fecha de publicación | 03 Septiembre 2008 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31481 |
Cronograma de Ejecución.
El titular del establecimiento industrial o de servicios deberá identificar las acciones y procesos contenidos en el PLAN DE ACTIVIDADES, definiendo los plazos para su concreción y ejecución;
tiempo total necesario y fechas de comienzo de los cómputos de cada uno de los términos previstos para el inicio y finalización de cada una de las acciones, procesos o actividades a implementar, consignándolas en un CRONOGRAMA DE EJECUCION.
Forma de presentación de la documentación requerida.
Para la presentación del PLAN DE ACTIVIDADES junto con su respectivos INDICADORES DE DESEMPEÑO y CRONOGRAMA DE EJECUCION, el titular del establecimiento industrial o de servicios de que se trate, podrá eventualmente contar, según sea el caso, con formularios tipo desarrollados por la Dirección Nacional de Gestión del Desarrollo Sustentable; pudiendo siempre adjuntar gráficos, planos, u otra información relevante que facilite la comprensión de los datos incluidos en los mismos.
ANEXO IV MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ACTIVIDADES Y CONSECUENTEMENTE, DE LAS METAS DISPUESTAS EN EL PRI.
Esta fase tiene como objetivo el monitoreo de lo comprometido en el Convenio de Reconversión Industrial (CRI) firmado por las partes, siendo sus ANEXOS I y II el PLAN DE ACTIVIDADES y su CRONOGRAMA DE EJECUCION, respectivamente; y su ANEXO III el PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO de su cumplimiento, el que debe a su vez ser elaborado en función del presente;
todo en base al PROGRAMA DE RECONVERSION INDUSTRIAL debidamente aprobado de que se trate.
El titular del establecimiento industrial o de servicios que haya suscripto el Convenio de Reconversión Industrial (CRI) respectivo deberá enviar a esta Subsecretaría, en forma fehaciente y oportuna, INFORMES DE AVANCE de la ejecución y cumplimiento gradual del PLAN DE ACTIVIDADES que se encuentre implementando y su correspondiente relación, en su caso, con el grado de cumplimiento de las METAS dispuestas, de conformidad con los plazos y fechas consignadas en el CRONOGRAMA DE EJECUCION respectivo. La Subsecretaría remitirá a la AUTORIDAD LOCAL, a la mayor brevedad posible, copia de los mismos a sus efectos.
Tales INFORMES DE AVANCE deberán contar con la siguiente información:
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Detalle de las acciones desarrolladas o ejecutadas y su grado de avance. En todos los casos el titular del establecimiento industrial o de servicios deberá enviar en forma fehaciente toda la información relevante que, a...
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