Disposición 414. Asunto: Finalización y designación de Directores en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Fecha de disposición18 Noviembre 2016
Fecha de publicación18 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 414/2016

Asunto: Finalización y designación de Directores en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Buenos Aires, 16/11/2016

VISTO las presentes actuaciones, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, el Abogado Eduardo Horacio FLURY presenta la renuncia a las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el cargo de Director Interino de la Dirección Aduana de Buenos Aires.

Que en función de lo expuesto, la Dirección General de Aduanas accede a lo solicitado y propone designar en el carácter de Director de la citada Dirección al Sr. Raúl Rodolfo ZAFFARONI.

Que asimismo la mencionada Dirección General gestiona dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al ingeniero Leopoldo Gustavo CURATOLO en el carácter de Director Interino de la Dirección Aduana de Ezeiza y designar como Director de la citada Dirección al Abogado Eduardo Sigfredo CUELLO.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por...

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