Disposición 412/2019

Fecha de publicación16 Septiembre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2019

VISTO: El Expediente Nº EX-2018-27536338-APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363, sus normas reglamentarias, y las Disposiciones ANSV N° 380 del 24 de Agosto de 2012, N° 555 del 4 de Octubre de 2013, N° 520 del 8 de Septiembre de 2014, N° 121 del 22 de Abril de 2016, N° 109 del 23 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, por Disposición ANSV Nº 380 del 24 de Agosto del 2012 se creó en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL el REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS PRESTADORES DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, cuya función es llevar un registro actualizado de las instituciones, entes y entidades, academias, asociaciones, públicas y / o privadas, que efectúen y presten servicios de capacitación en materia de tránsito y seguridad vial, como también llevar el registro de capacitadores, docentes, planes de estudio, cursos que en materia se dicten y de los ciudadanos que realicen y aprueben los mismos, para su conocimiento, en los modos en que se reglamenten, de las jurisdicciones competentes, ciudadanos, usuarios y órganos de juzgamiento.

Que, mediante el artículo 3° de la mencionada Disposición, se estableció que la inscripción en el Registro creado, habilita a las entidades registradas, a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para su eventual aprobación y registro en el Registro de Establecimientos Prestadores de Capacitación en materia de Tránsito y Seguridad Vial.

Que, por Disposición ANSV N° 555 del 4 de Octubre de 2013 se aprobó el procedimiento de presentación, aprobación e inscripción de cursos y / o programas de estudios de capacitación en materia de seguridad vial, ante el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN VIAL, de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tendiente a que las entidades inscriptas en dicho registro, eleven sus cursos para su eventual aprobación y registro en el marco de la Disposición ANSV N° 380/12.

Que por Disposición ANSV N° 520/2014 modifica el artículo 2°, 5°, 9° de la Disposición ANSV N°380/12 y articulo 9° de la Disposición ANSV N° 555/13 en cuanto a la documentación requerida para iniciar el trámite de inscripción, renovación de inscripción, y aranceles entre otras.

Que, por Disposición ANSV N° 121 del 22 de Abril del 2016 se transfirió el REGISTRO NACIONAL DE...

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