Disposición 409. Asunto: Finalización y designación de Jefaturas y Supervisores Interinos en el ámbito de la Dirección General Impositiva.
Fecha de disposición | 22 Agosto 2016 |
Fecha de publicación | 22 Agosto 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Disposición 409/2016
Asunto: Finalización y designación de Jefaturas y Supervisores Interinos en el ámbito de la Dirección General Impositiva.
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO la Actuación N° 10138-414-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del interior propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes y Supervisores Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.
Que respecto a la finalización de funciones de los Contadores Públicos Carlos Alfredo RASKA y Pascual ZAMORA, y atento lo ordenado por el Juzgado Federal Nro. 2 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, en los autos caratulados "RASKA, Carlos Alfredo C/D.G.I. S/suspensión de los efectos de acto Administrativo. Expte. N°. 30-L-98" y "ZAMORA, Pascual C/D.G.I. S/suspensión de los efectos de acto Administrativo. Expte. N°. 26-L-98", corresponde mantenerles el nivel remunerativo escalafonario que poseen de acuerdo a la Disposición N° 134/99 (SDGRH).
Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba