Disposición 417/2012

Fecha de disposición21 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Noviembre 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 21/11/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13331-3772-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

Que en el marco de los objetivos y las estrategias de control empleadas por el Organismo, resulta necesario realizar una readecuación orgánico-funcional de las unidades dependientes de la mencionada Subdirección General que facilite la integración de las acciones llevadas a cabo por las mismas, a fin de implementar procesos cada vez más eficientes y económicos, tanto en el registro de los trámites por parte de los contribuyentes, así como también en los efectivos controles del cumplimiento de sus obligaciones.

Que la Dirección General Impositiva y la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Control de Gestión” dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en la Dirección General Impositiva, pase a denominarse “Coordinación y Control”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 2°

— Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de División denominada “Devoluciones y Recuperos Nº 2” existente en el Departamento Devoluciones y Trámites, de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 3°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Devoluciones y Recuperos Nº 1” dependiente del Departamento Devoluciones y Trámites de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Devoluciones y Reintegros”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 4°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Recaudación” dependiente del Departamento Gestión de Cobro de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Recaudación Grandes Contribuyentes Sociedades”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 5°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Grandes Contribuyentes Individuales” dependiente de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a depender del Departamento Gestión de Cobro.

Art. 6°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Cobranzas Judiciales y Sumarios” dependiente del Departamento Gestión de Cobro de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Cobranzas Judiciales”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 7°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Recursos” dependiente del Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Recursos y Juicios Universales”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 8°

— Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de División denominada “Determinaciones de Oficio C” dependiente del Departamento Técnico Grandes Contribuyentes Nacionales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 9°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales” pase a denominarse “Investigaciones” manteniendo idéntica dependencia jerárquica, acción y tareas.

Art. 10 — Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Fiscalizaciones” dependiente de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.
Art. 11

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de Devoluciones” dependiente del Departamento Devoluciones y Trámites de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Fiscalización Externa Nº V” y a depender del Departamento Fiscalizaciones de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 12 — Determinar que las unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fiscalización Externa Nº I”, “Fiscalización Externa Nº II”, “Fiscalización Externa Nº III”, “Fiscalización Externa Nº IV” y “Comprobaciones Externas” dependientes de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales, pasen a depender del Departamento Fiscalizaciones.
Art. 13 — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A05, B05 y, en la parte pertinente, el Anexo C por los que se aprueban por la presente.
Art. 14 — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 15 — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO A05

ANEXO B05

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES

CONTRIBUYENTES NACIONALES

DIVISION COORDINACION Y CONTROL

ACCION

Entender en el asesoramiento y tramitación de las actuaciones remitidas a consideración de la Subdirección General excepto en aquellas que requieran la intervención de juez administrativo.

Efectuar el seguimiento de la gestión de las diferentes áreas de la Subdirección General y generar los reportes que permitan la toma de acciones correctivas en todo el ámbito de la misma.

TAREAS

  1. Entender en la tramitación de las actuaciones que le sean derivadas e informar a la Subdirección General respecto el alcance de las mismas.

  2. Supervisar y evaluar la aplicación uniforme de los programas, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

  3. Coordinar la gestión mediante la consolidación e intercambio de información.

  4. Identificar los factores críticos de los procesos de la Subdirección General, analizar los desvíos y propiciar cursos de acción para su corrección.

  5. Efectuar el seguimiento de las acciones requeridas para dar solución a problemáticas planteadas por las dependencias de la Subdirección y de aquellas tareas que la Superioridad determine específicamente.

  6. Efectuar el seguimiento de las observaciones formuladas a las áreas operativas por parte de la Subdirección General de Auditoría Interna, en los temas de su competencia.

    DIRECCION DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la percepción y devolución de los gravámenes y la aplicación de normas técnico-tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal de todo el país, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales y las emergentes del sistema de seguridad social.

    ACCIONES

  7. Efectuar las tareas relacionadas con la evaluación y el control de la percepción de los gravámenes a su cargo, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados al efecto.

  8. Efectuar la verificación del cumplimiento por parte de los contribuyentes, de los impuestos por los cuales éstos son responsables.

  9. Entender en todo lo relativo a devoluciones, reintegro y recuperos de gravámenes correspondientes a contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

  10. Coordinar y supervisar las tareas inherentes a la preparación, captura, sistematización y procesamiento de la información a ser utilizada por la Dirección, de acuerdo a las pautas y/o normas establecidas por...

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