Disposición 407/2019

Fecha de publicación21 Noviembre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS


Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2019

VISTO la Disposición N° DI-2019-23-APN-SSAR#MJ del 7 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición mencionada en el Visto la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES habilitó la instalación de Unidades de Expedición y Recepción (UER) del REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, para la obtención por parte de particulares del Certificado de Antecedentes Penales (CAP), en la totalidad de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en todas competencias, dependientes de esta Dirección Nacional.

Que, ello, en el marco de lo establecido por el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos mediante RESOL-2019-72-APN-MJ del 18 de enero de 2019.

Que lo ahora dispuesto amplía lo oportunamente establecido por conducto de la Disposición N° DI-2019-11-APN-SSAR#MJ del 22 de mayo de 2019, mediante la cual se habilitó la instalación de las mencionadas UER en un determinado número de Registros Seccionales.

Que, en ese marco, mediante Disposición DI-2019-193-APN-DNRNPACP#MJ del 7 de junio de 2019 esta Dirección Nacional reguló la tramitación del Certificado de Antecedentes Penales (CAP) en la sede de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y dispuso la entrada en vigencia del procedimiento a partir del día 17 de junio de 2019.

Que en esa oportunidad se dispuso que la operatoria se encontrara supeditada a la habilitación de las distintas sedes registrales por parte del Departamento de Servicios Informáticos.

Que, habiéndose concluido satisfactoriamente la paulatina incorporación de los Registros Seccionales indicados en el Anexo de la Disposición DI-2019-193-APN-DNRNPACP#MJ (IF-2019-46088343-APN-SSAR#MJ), no existen impedimentos técnicos para la ampliación de la operatoria a la totalidad de los Registros Seccionales de todo el país.

Que en tanto el artículo 4° de la citada Disposición DI-2019-23-APN-SSAR#MJ faculta a esta Dirección Nacional y a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA a disponer en forma paulatina la implementación de...

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