Disposición 3852/2020
Fecha de publicación | 28 Diciembre 2020 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES |
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-83022509- -APN-SIP#JGM, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 336 del 10 de febrero de 2016 y N° 355 del 22 de mayo de 2017, modificado por su similar N° 859 del 26 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar N° 1151 del 28 de diciembre de 2006 y la Resolución N° 21 del 1° de marzo de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, y
CONSIDERANDO:
Que en la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES resulta indispensable disponer la contratación del agente Hernán Ignacio FERNÁNDEZ en la función de Administrador de Base de Datos y Sistemas Operativos, en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
Que el Decreto N° 132 del 10 de febrero de 2020 establece en su artículo 2° inciso g) que queda exceptuada de la restricción establecida en su artículo 1° la cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo.
Que en virtud del riesgo operativo que atraviesa la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la Nota NO-2020-82067727-APN-SSEP#JGM autorizó la presente contratación.
Que el artículo 5° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859/18 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.
Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEP#MM se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las contrataciones en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 entre otras cuestiones.
Que el postulante reúne los requisitos necesarios para el desempeño de tareas equiparadas al nivel propuesto.
Que la Decisión Administrativa N° 3/04, modificada por su similar N° 1151/06 estableció que el personal no permanente, sea el incorporado en Plantas Transitorias con designación a término o contratado bajo el régimen previsto en el artículo 9º...
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