Disposición Nº 2230/2012

Fecha de disposición27 Octubre 2011
Fecha de publicación07 Marzo 2012
SecciónDisposiciones

27/10/2011

LA DIRECTORA

DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Apruébese la Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad Visual, que como ANEXO I pasa a formar parte integrante del presente acto administrativo.

ARTICULO 2º

— Déjase sin efecto la parte pertinente de la Disposición Nº 213/2002 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, que refiere a la certificación de la discapacidad visual.

ARTICULO 3º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, cumplido, archívese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

NORMATIVA PARA LA CERTIFICACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL

Servicio Nacional de Rehabilitación

Año 2011

INDICE

INTRODUCCIONI. CONDICION DE SALUD CON CODIGOS CIE-10II. PERFIL DE FUNCIONAMIENTO CIFA) FUNCIONES Y ESTRUCTURAS CORPORALESB) ACTIVIDAD Y PARTICIPACIONIII.REQUISITOS PARA ACREDITAR DISCAPACIDADIV. CRITERIOS PARA EXTENDER EL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDADV. BIBLIOGRAFIAANEXO I.LISTADO CONDICION DE SALUD - CIE 10ANEXO II.ESCALAS DE EVALUACIONANEXO III.LISTAS CORTASANEXO IV.PLANILLA DE EVALUACIONANEXO V.EVALUACION Y CRITERIO DE CERTIFICACION EN NIÑOS

NORMATIVA PARA LA CERTIFICACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL

Introducción

Se considera discapacidad visual a un término global que hace referencia a las deficiencias1 en las funciones visuales y estructuras corporales del ojo y/o sistema nervioso (asociado o no a otras funciones y/o estructuras corporales deficientes), y las limitaciones2 que presente el individuo al realizar una tarea o acción en un contexto/entorno normalizado, tomado como parámetro su capacidad/habilidad real y las restricciones en su desempeño, considerando los dispositivos de ayudas ópticas adaptaciones personales y/o modificaciones del entorno.

Para evaluar personas se utilizan dos clasificaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS); la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud en su décima revisión (CIE-10) y la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF).

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), 1992:

Una persona con baja visión es aquella que tiene un impedimento en la función visual aún después de tratamiento o de corrección refractiva, con agudeza visual en el mejor ojo, de 3/10, o un campo visual menor de 10º pero que usa o es potencialmente capaz de usar la visión para la ejecución de una tarea.

En 1996, Arditi y Rosenthal proponen una nueva definición: La deficiencia visual funcional es una gran limitación de la capacidad visual, resultante de una enfermedad, un trauma o una enfermedad congénita, que no puede mejorar totalmente mediante corrección refractiva, medicación o cirugía convencional, y que se manifiesta a través de uno o más de los siguientes aspectos:

1) Resolución visual insuficiente (menor de 3/10 en el mejor ojo con la corrección de la ametropía); 2) Campo Visual inadecuado (menor de 20º en el meridiano más ancho del ojo, con el campo visual más intacto, o hemianopsia bilateral homónima o cuadrantopsia); 3) máxima reducción de la sensibilidad al contraste (pérdida de 0.3 unidades logarítmicas en el mejor ojo).

Teniendo en cuenta la combinación de las variables clínicas y objetivas (cuantificables por estudios) que pueden estar alteradas: la condición de baja visión intrínsecamente implica una extensa gama de posibilidades visuales, si se examinan además las consecuencias funcionales en general, las posibles diferentes maneras de ver se multiplican por cada persona con déficit visual. Considerando que no solamente están en condiciones de buena funcionalidad visual, los individuos con buena agudeza y buen campo, sino también aquellos, que a pesar de que su agudeza y/o campo sean pobres, disponen de un nivel de habilidad, en la tarea de extraer el máximo rendimiento posible al proceso perceptivo visual.

Es posible, desde un punto de vista funcional, definir la Baja Visión como:

Intervalo de capacidad de visión que se sitúa entre la visión normal y la ceguera total, caracterizada por una visión “funcional” según circunstancias fisiológicas, ambientales y psicológicas.

Ceguera:

Ausencia total de visión, con incompatibilidad de realizar tareas visuales, es decir, no usa ni es capaz de usar su visión para la planificación o ejecución de una labor.

Una...

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