Disposición 343-E.

Fecha de disposición30 Agosto 2017
Fecha de publicación30 Agosto 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 343-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2017

VISTO el Expediente Nº 1.381.961/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2016-597-E-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 24 y 26 del Expediente N° 1.381.961/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la SOCIEDAD ARGENTINA DE GESTIÓN DE ACTORES INTÉRPRETES (S.A.G.A.I.), por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homologado por el artículo 1° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1531/16 "E", conforme surge de fojas 114/116 y 119, respectivamente.

Que a fojas 5 vuelta del Expediente N° 1.555.442/13, agregado como fojas 31 al Expediente N° 1.381.961/10, obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la SOCIEDAD ARGENTINA DE GESTIÓN DE ACTORES INTÉRPRETES (S.A.G.A.I.), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1531/16 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1279/16, conforme surge de fojas 114/116 y 119, respectivamente.

Que a fojas 50 del Expediente N° 1.381.961/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la SOCIEDAD ARGENTINA DE GESTIÓN DE...

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