Disposición 342-E.

Fecha de disposición29 Agosto 2017
Fecha de publicación29 Agosto 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 342-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2017

VISTO el Expediente Nº 1.743.448/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2017-201-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.743.448/16, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 687/05 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo precitado fue homologado por el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 219/17, conforme surge de fojas 58/60 y 63, respectivamente.

Que mediante el IF-2017-12787729-APN-DNREGT#MT obrante a fojas 70, debidamente notificado a ambas partes conforme constancias de fs. 74 y 75, se hizo saber a las mismas que debían presentar las escalas salariales correspondientes al Acuerdo 219/17.

En respuesta a ello, a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.768.996/17 agregado como foja 76 al principal, obra la presentación realizada por la empresa acompañando las escalas salariales requeridas.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que la Dirección de Normativa Laboral ha tomado la intervención que corresponde...

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