Disposición Nº 8547/2011

Fecha de disposición20 Diciembre 2011
Fecha de publicación26 Diciembre 2011
SecciónDisposiciones

Bs. As., 20/12/2011

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-281-11-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto el Instituto Nacional de Medicamentos hace saber las irregularidades detectadas con respecto a la droguería INDESA S.R.L., que no se encuentra registrada ante esta Administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en el artículo 3º del Decreto 1299/97 y la Disposición ANMAT Nº 5054/09.

Que el mencionado Instituto informa que se ha tomando conocimiento de la comercialización de medicamentos por parte de la citada droguería con domicilio en la calle Perito Moreno 675, Departamento de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, a las firmas D.A.M.S.U. de la Provincia de San Juan y UNSL DOSPU de la Provincia de San Luis.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos afirma que dicha circunstancia fue constatada mediante nota remitida por el Departamento de Farmacia - Dirección de Farmacología del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, donde se observó la siguiente documentación comercial: Factura tipo “A” Nº 0001-00004770 de fecha 21-2-2011 emitida por la firma INDESA S.R.L. a D.A.M.S.U. de la Provincia de San Juan y Factura tipo “B” Nº 0001-00001470 de fecha 28-1-2011 emitida por la firma INDESA S.R.L. a UNSL DOSPU de la Provincia de San Luis.

Que corresponde destacar que la firma INDESA S.R.L. al momento de realizar la mencionada transacción comercial no se encontraba, ni se encuentra actualmente, inscripta ante la A.N.M.A.T. a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos del artículo 3º del Decreto 1299/97 y la Disposición ANMAT Nº 5054/09.

Que por lo expuesto, el Instituto Nacional de Medicamentos sugiere la prohibición, en forma preventiva, de la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Mendoza a la droguería denominada INDESA S.R.L., hasta tanto se inscriba ante esta Administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en la Disposición ANMAT Nº 5054/09 y la iniciación del pertinente sumario sanitario a la Droguería y su Director Técnico.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de la medida aconsejada por...

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