Disposición 34/2015

Fecha de publicación16 Marzo 2015
Fecha de disposición11 Febrero 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33090



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 34/2015Bs. As., 11/2/2015

VISTO el Expediente Nº 1.638.391/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.638.391/14, obra el acuerdo celebrado entre la empresa H5 SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y AFINES (SUTPA) por el sector gremial, ratificado por las partes a foja 41, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora, con vigencia a partir del mes de mayo de 2014, conforme los detalles allí impuestos.

Que respecto a lo pactado en la cláusula 3 punto 1, corresponde señalar a las partes que la gratificación allí pactada deberá comprender a todos los trabajadores, conforme a lo indicado en el punto 3 de la misma cláusula, y en virtud del principio establecido en el artículo 17 de la Ley de Contrato de Trabajo, el cual es de orden público y aplicable de pleno derecho.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el texto suscripto.

Que así también se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 2096/14.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la empresa H5 SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y AFINES (SUTPA) obrante a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.638.391/14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

— Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.638.391/14.

ARTÍCULO 3°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del...

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