Disposicion 3001

Fecha de publicación06 Junio 2008
Fecha de disposición06 Junio 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31421
ARTICULO 2º

Intimar a la Productora Asesora de Seguros Sra. Marta Irene QUIROZ, matrícula Nº 48.902, a presentar ante este Organismo los registros obligatorios debidamente actualizados, dentro del término de diez (10) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de quedar una vez agotada la sanción impuesta por el artículo anterior, inhabilitada hasta tanto comparezca a estar a derecho, munida de los mismos en tal condición.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la sanción, una vez firme.

ARTICULO 4º

Se deja constancia que la presente Resolución es recurrible en los términos del artículo 83 de la ley 20.091.

ARTICULO 5º

Regístrese, notifíquese a la Productora Asesora de Seguros Marta Irene QUIROZ, en el domicilio sito en Avda. Alberdi 701 (3500) Resistencia y publíquese en el Boletín Oficial. -MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 06/06/2008 Nº 579.671 v. 06/06/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 33.060 DEL 3 JUN 2008

EXPTE. Nº 37.643 - S/SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA EL DICTADO DE CURSOS PARA ASPIRANTES A OBTENER LA MATRICULA DE PRODUCTOR ASESOR DE SEGUROS.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Dejar sin efecto la autorización otorgada a la FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE SANTO TOMAS DE AQUINO (UNSTA) para el dictado de los cursos de capacitación para aspirantes a matricularse como productores asesores de seguros a partir de la fecha de la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Regístrese, notifíquese al Ente Cooperador Ley 22.400 en el domicilio ubicado en Chacabuco 77, Piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P. 1069), y publíquese en el Boletín Oficial. -- MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 06/06/2008 Nº 579.672 v. 06/06/2008 MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA Disposición Nº 3001/2008

Bs. As., 27/5/2008

VISTO la Disposición A.N.M.A.T. Nº 6873/01, el Expediente Nº 1-47-2110-3364-08-4 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y CONSIDERANDO:

Que es necesario regular el registro de pinturas plaguicidas y otros formulados de funciones similares que contengan como principios activos insecticidas órganofosforados, piretroides u otros activos de riesgo.

Que es necesario realizar una evaluación riesgo-beneficio derivado del empleo de pinturas, independientemente del tipo de activo utilizado en su formulación.

Que por...

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