Disposición 3/2023

Fecha de publicación09 Enero 2023
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-94182113-APN-DAYF#RENAPER, y su asociado N° EX-202223316472-APN-DNDV#RENAPER, las Leyes N° 17.671 y sus modificatorias, los Decretos N° 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramita el proceso de selección de la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 78-0028-LPU22, mediante el sistema COMPR.AR, tendiente a la adquisición de soluciones tecnológicas que incluyan maquinaria, insumos, diseño y capacitación para la producción del Nuevo Documento Nacional de Identidad Electrónico Argentino (DNI) y del Nuevo Pasaporte Electrónico Argentino, con destino a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el proceso de marras ha implicado un gran trabajo interdisciplinario, en el que se han recibido innumerables consultas, y aportes a efectos de lograr culminar un gran desafío de innovación tecnológica, pero que como contrapartida conllevó un arduo trabajo administrativo que tornó imposible realizar su trámite de forma regular como en el resto de las contrataciones.

Que habiéndose sustanciado el proceso se han detectado diversas inconsistencias y a efectos de evitar posibles impugnaciones, nuevas presentaciones y/o revocaciones, con las consecuencias que de ellas devendrían, evitándole así posibles perjuicios al estado, se considera oportuno y conveniente dejar sin efecto, en los términos del artículo 20 in fine del Decreto Delegado N° 1023/2001, el proceso de selección N° 78-0028-LPU22 que tramita bajo las presentes actuaciones.

Que han tomado la intervención de su competencia las áreas requirentes y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMIISTRACIÓN, todas de esta Dirección Nacional.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de esta Dirección Nacional.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 5º de la Ley Nº 17.671, 20 in fine del Decreto Nº 1023/01 y 9° inciso h) del Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el procedimiento de...

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