Disposición 294.

EmisorPolicia de Seguridad Aeroportuaria
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2018

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Disposición 294/2018

Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 27/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-11723271-APN-DSA#PSA, el Anexo 17 al "CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL" (Chicago, año 1944, aprobado por el Decreto Ley Nº 15.110 del 23 de mayo de 1946 y ratificado por la Ley Nº 13.891), la Ley N° 26.102 de SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, aprobado por la Disposición N° 74 del 25 de enero de 2010 del Registro de esta Institución, el Reglamento de Seguridad de la Aviación N° 10, aprobado por la Disposición N° 66 del 25 de enero de 2018 del Registro de esta Institución (DI-2018-66-APN-PSA#MSG), y

CONSIDERANDO:

Que por imperio del artículo 17 de la Ley N° 26.102, la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA es la autoridad de aplicación del Convenio de Chicago (Ley N° 13.891), así como también de las normas y métodos recomendados por la ORGANIZACIÓN DE LA AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), en todo lo atinente a la seguridad y protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita y de los tratados suscriptos por la Nación en la materia.

Que la Ley Nº 26.102 constituye las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de seguridad aeroportuaria, estableciendo en su artículo 14 que será misión de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la salvaguarda de la aviación civil nacional e internacional y la fiscalización y la adopción de medidas a fin de dar respuesta inmediata a situaciones de crisis que pudieran acontecer en el ámbito aeroportuario y en las...

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