Disposición 2930. DI-2018-2930-APN-ANMAT#MSYDS - Productos alimenticios: prohibición de comercialización.
Fecha de disposición | 27 Diciembre 2018 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2018 |
Sección | Disposiciones |
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 2930/2018
DI-2018-2930-APN-ANMAT#MSYDS - Productos alimenticios: prohibición de comercialización.
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2018
VISTO el EX- 2018-53880140--APN-DFVGR#ANMAT;
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician a raíz de que la Dirección General de Bromatología de la provincia de Santiago del Estero informa las acciones realizadas en relación a la comercialización del producto: "Semillas de girasol tostadas y saladas", marca Mico Más, elaborado por Industrial Santiago, 3° Pje. Santiago Palacio N° 387, Barrio Huaico Hondo, Santiago del Estero, que no cumple la normativa alimentaria vigente.
Que asimismo dicha Dirección informa que por Acta de Inspección N° 76/2018 verifica la comercialización del producto en el establecimiento Golosur sito en Chile 117, barrio América del Sur, Santiago del Estero, y procede a la intervención del alimento y posterior decomiso, debido a que el producto no declara en su rótulo registro de establecimiento ni de producto.
Que atento a ello por Resolución 61/18 prohíbe la comercialización en todo el territorio provincial del producto mencionado.
Que la referida Dirección notifica el Incidente Federal N° 1296 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA.
Que posteriormente por Acta de Inspección N° 335/2018 la Dirección General de Bromatología de la provincia de Santiago del Estero procede a notificar la Resolución N° 61/18 en el domicilio declarado en el rótulo del producto: 3° Pje. Santiago Palacio N° 387, Barrio Huaico Hondo y constata que el lugar se encuentra con las puertas abiertas y con trabajo de reparación y albañilería y observa bolsas que contienen semillas de girasol y también bolsas separadas listas para su distribución y venta, además expresa que el interesado estaría tramitando la habilitación en esa Dirección.
Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL categoriza el retiro Clase III y a través de un Comunicado SIFeGA pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la...
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