Disposición 289/2019
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2019 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2019
VISTO el Expediente Nº 1.755.070/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2019-113/APN-SECT#MPYT, la RESOL-2019-473-APN-SECT#MPYT, la DI-2017-58-APN-SSRL#MT, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 54 del Expediente Nº 1.755.070/17 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN DE CORTADORES DE LA INDUMENTARIA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (FAIIA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 614/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 700/17, conforme surge de fojas 61/62 y 65, respectivamente.
Que a fojas 28 del Expediente N° 1.773.196/17 agregado como fojas 77 al Expediente N° 1.755.070/17 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN CORTADORES DE LA INDUMENTARIA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (FAIIA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 614/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la RESOL-2019-113-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el Nº 1208/19, conforme surge de fojas 103/104 y 118, respectivamente.
Que a fojas 7 del Expediente N° 1.794.392/18 agregado como fojas 89 al Expediente N° 1.755.070/17 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN CORTADORES DE LA INDUMENTARIA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (FAIIA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 614/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la RESOL-2019-473-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el Nº 983/19, conforme surge de fojas 110/111 y 114, respectivamente.
Que el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio...
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