Disposición 885/2011

EmisorServicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Fecha de la disposición15 de Junio de 2011

Miércoles 15 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.171 33

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y ALIMENTOS DISPONE:

ARTICULO 1

'° — Suspéndase, en el Registro Nacional que determina el ArtÃculo 1'° del Decreto N'° 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley N'° 13.636 y el ArtÃculo 4'° del Marco Regulatorio para los productos veterinarios MERCADO COMUN DEL SUR, puesto en vigencia por la Resolución N'° 345 del 6 de abril de 1994 del exSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, la habilitación del establecimiento de la calle Campbell N'° 869, otorgada en su oportunidad a la firma LABORATORIO PHARMAVET S.A.

ARTICULO 2

'° — NotifÃquese, a la firma LABORATORIO PHARMAVET S.A. de lo dispuesto en la presente disposición.

ARTICULO 3

'° — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dr. EDUARDO ANTONIO BUTLER, a/c de la Dirección Nacional de AgroquÃmicos,

Productos Veterinarios y Alimentos, SENASA.

e. 15/06/2011 N'º' 70916/11 v. 15/06/2011 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION NACIONAL DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y ALIMENTOS Disposición N'° 883/2011

Bs. As., 5/5/2011

VISTO el Expediente N'° S01:0102561/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que la firma MERCOVET S.R.L., solicita su inscripción como Elaboradora, Fraccionadora, Distribuidora, Importadora y Exportadora de productos de uso en Medicina Veterinaria, en el Registro Nacional que determina el ArtÃculo 1'° del Decreto N'° 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley N'° 13.636 y la Resolución N'° 345 del 6 de abril de 1994 del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL.

Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación vigente en cuanto a inscripciones.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto, conforme lo establecido por el Anexo II del Decreto N'° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N'° 825 del 10 de junio de 2010, y las Resoluciones Nros. 2162 del 29 de noviembre de 2000, 257 del 27 de noviembre de 2003 y 424 del 22 de junio de 2010, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y ALIMENTOS DISPONE:

ARTICULO 1

'° â...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR