Disposición 275-E.

Fecha de disposición09 Agosto 2017
Fecha de publicación09 Agosto 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 275-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2017

VISTO el Expediente Nº 1.723.355/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2017-499-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 1.728.649/16 agregado como fojas 5 al Expediente N° 1.723.355/16 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (AFA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 463/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 478/17, conforme surge de fojas 47/49 y 52, respectivamente.

Que a fojas 4 del Expediente N° 1.744.392/16, agregado como fojas 38 al Expediente N° 1.723.355/16, obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (AFA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 463/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 479/17, conforme surge de fojas 47/49 y 52, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR