Disposición 68/2011
Emisor | Subdireccion Nacional de Relaciones del Trabajo |
Fecha de la disposición | 4 de Mayo de 2011 |
Miércoles 4 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.142 39 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'º 68/2011
Tope N'º 39/2011
Bs. As., 25/1/2011
VISTO el Expediente N'° 1.388.554/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'° 1954 del 14 de diciembre de 2010, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/6 del Expediente N'° 1.388.554/10, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Empresa N'° 296/97, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1954/10 y registrado bajo el N'° 1869/10, conforme surge de fojas 95/98 y 100, respectivamente.
Que a fojas 9/11 del Expediente N'° 1.388.554/10, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo N'° 505/07, N'° 530/08, N'° 502/07, N'° 504/07 y N'° 503/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1954/10 y registrado bajo el N'° 1870/10, conforme surge de fojas 95/98 y 100, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente, se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos...
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