Disposición 380/2010

Fecha de la disposición12 de Abril de 2011

Martes 12 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.128 40 otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.

Que mediante el Decreto N'º 1787/2008 se dio estructura organizativa a la ANSV, creándose la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, la cual tiene como misión coordinar con los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño; certificar y homologar los centros de emisión y/o de impresión de la Licencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licencias provinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar, homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir los solicitantes de la mencionada Licencia.

Que asimismo, la DNLCyAT, resulta competente para establecer los requisitos para la certificación de los Centros de Emisión de la Licencia Nacional de Conducir por parte de las autoridades jurisdiccionales competentes del territorio nacional, conforme lo establece el mencionado Decreto N'º 1787/2008 (Acciones, Punto 2).

Que en ese lineamiento, la ANSV dictó con fecha 27 de octubre de 2009, la Disposición ANSV N'º 207 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el paÃs respecto del formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes, como asà también la creación de bases de datos actualizadas que contenga los datos de las habilitaciones para conducir emitida en todo el paÃs.

Que el Anexo I de la Disposición ANSV N'º 207 establece como Proceso I la denominada “CERTIFICACION DE LOS CENTROS DE EMISION DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”, por el cual se definen los procedimientos necesarios que todo centro de emisión de licencia (CELS) deberá observar para tramitar ante la ANSV la certificación necesaria para la emisión de la licencia de conducir.

Que, en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, aprobado por Disposición ANSV N'º 207 de fecha 27 de octubre de 2009, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO y el MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO han suscripto con fecha 13 de octubre de 2010 un Convenio Marco para la Implementación de la Licencia Nacional de Conducir, asà como también un Convenio EspecÃfico de Cooperación para la implementación del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito en la mencionada Provincia.

Que el Municipio de LA CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO, de la Provincia de Santiago del Estero adhirió al régimen establecido por las Leyes Nacionales N'º 24.449 y N'º 26.363 mediante las Ordenanzas Municipales N'º...

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