Disposición 2411/2011

Fecha de la disposición11 de Abril de 2011

Lunes 11 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.127 18 el territorio nacional de todos los lotes de los productos rotulados como: “BEAUTY Botulinum Toxin Tipo A, 50ui”.

Que resulta competente la ANMAT en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N'º' 1490/92 artÃculo 8'º inc. n) y 10 inc. q).

Que en los términos previstos por el Decreto N'º' 1490/92 en su artÃculo 8'º inc. ñ) resulta necesario disponer la prohibición de comercialización y uso en todo el paÃs del producto mencionado.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos JurÃdicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 1490/92 y por el Decreto N'º' 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE:

ArtÃculo 1'º — ProhÃbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: “BEAUTY Botulinum Toxin Tipo A, 50ui”, por los argumentos vertidos en el considerando de la presente.

Art. 2

'º — RegÃstrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BoletÃn Oficial. ComunÃquese a las autoridades sanitarias provinciales y a los del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. ComunÃquese a las Cámaras y entidades profesionales correspondientes. ComunÃquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido,

ArchÃvese. PERMANENTE. — Otto A. Orsingher.

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologÃa Médica PRODUCTOS MEDICOS Disposición 2423/2011

ProhÃbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de un determinado producto.

Bs. As., 7/4/2011

VISTO los expedientes 1-0047-1110-15511-7 y 1-0047-18630-10-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologÃa Médica y;

CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones el Instituto Nacional de Medicamentos hace saber que se recibió una denuncia en relación al producto “APOSITOS PROTECTORES CRIS BLAN” en presentación por diez unidades.

Que el citado Instituto informa que el producto habrÃa sido adquirido por una persona que al colocarlo sobre la herida produjo una reacción alérgica en la piel y que en la presentación por parte del particular se agrega que el envoltorio que cubre los apósitos se encuentra abierto en los extremos.

Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de TecnologÃa Médica de esta Administración Nacional, informó en relación al producto apósitos marca CRIS - BLAN, que no posee ninguna inscripción ante esta Administración.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos, atento las circunstancias detalladas precedentemente, a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios del producto y teniendo en cuenta que se trata de un producto sin registro, sugiere prohibir preventivamente su comercialización y uso en todo el territorio nacional.

Que la medida aconsejada por el Instituto Nacional de Medicamentos deviene ajustada a derecho en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N'º' 1490/92 y que la misma se...

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