Disposición 480/2011

EmisorAdministracion Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnologia Medica
Fecha de la disposición31 de Enero de 2011

Lunes 31 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.081 31

Que el mencionado Instituto informa que se ha tomado conocimiento de la comercialización de medicamentos por parte de la citada droguerÃa, con domicilio en la calle Sarmiento N'º' 642, Ciudad de Concordia, Provincia de Entre RÃos, a la farmacia PASTEUR.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos afirma que dicha circunstancia fue constatada con motivo de la Orden de Inspección N'º' 38.666, efectuada en la sede de la farmacia PASTEUR, sita en la calle Beron de Astrada N'º' 1231, Ciudad de Curuzú Cuatiá, Provincia de Corrientes, dónde se observó la siguiente documentación comercial: Factura Tipo “A” N'º' 00100-0612610/001, de fecha 10-11-2010; Factura N'º' 0010-00612764/001, de fecha 11-11-2010; Factura N'º' 0010-00612899/001, de fecha 12-11-2010, todas emitidas por la droguerÃa KELLERHOFF S.A.

Que corresponde destacar que de acuerdo al informe del INAME, la droguerÃa de referencia, al momento de realizar las mencionadas transacciones comerciales no se encontraba, ni se encuentra actualmente, inscripta ante la A.N.M.A.T. a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en el artÃculo 3'º del Decreto N'º' 1299/97, ni se encuentra actualmente habilitada de conformidad con el procedimiento previsto en la Disposición ANMAT N'º' 5054/09.

Que por lo expuesto, el Instituto Nacional de Medicamentos sugiere prohibir la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Entre RÃos, a la droguerÃa KELLERHOFF S.A., hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a la Disposición ANMAT N'º' 5054/09, la iniciación del pertinente sumario sanitario a la citada droguerÃa y a quien ejerza la Dirección Técnica; informar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional de la Provincia de Entre RÃos, y comunicar al Departamento de Registro la adopción de la medida.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de la medida aconsejada por el organismo actuante, resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N'º' 1490/92, inc. ñ) del ArtÃculo 8'º.

Que desde el punto de vista sustantivo las irregularidades constatadas configuran la presunta infracción al artÃculo 2'º de la Ley N'º' 16.463, al artÃculo 3'º del Decreto N'º' 1299/97 y los artÃculos 1'º y 2'º de la Disposición ANMAT N'º' 5054/09.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos JurÃdicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR