Disposición 229/2023

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2023

VISTO el Expediente EX-2023-119104660--APN-ANAC#MTR, Partes 64 – Certificado de competencia de tripulante de cabina de pasajeros, 121 - Requerimientos de operación: operaciones regulares internas e internacionales, operaciones suplementarias, 135 - Requerimientos de operación: operaciones no regulares internas e internacionales de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, Resolución N° 524 de fecha 25 de julio de 2001 del Jefe de Estado Mayor General de la FUERZA AÉREA ARGENTINA y el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la auditoría llevada a cabo sobre el Organismo por funcionarios de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), se han producido hallazgos relativos a ciertos aspectos reglamentarios y procedimentales de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que, por medio de la Resolución N° 524 de fecha 25 de julio de 2001 del Jefe de Estado Mayor General de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, se le ordenó al entonces COMANDO DE REGIONES ÁEREAS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA que procediera a actualizar los requisitos actualmente vigentes relativos a los programas de capacitación de Tripulantes de Cabina de Pasajeros.

Que la entonces Autoridad Aeronáutica aprobó TRES (3) Anexos en donde estableció las normas, reglas y contenidos de los programas de instrucción y capacitación para Tripulantes de Cabina de Pasajeros.

Que cabe recordar que el cuerpo normativo conocido como REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL fue puesto en vigencia por la Disposición Conjunta N° 3 / 2005 (Boletín Oficial N°30.726, 29-ago-2005) de la ex DIRECCION NACIONAL DE AERONAVEGABILIDAD, de la ex DIRECCION DE HABILITACIONES AERONAUTICAS y de la ex DIRECCION DE TRANSITO AEREO, todas dependientes del entonces COMANDO DE REGIONES AÉREAS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.

Que dicho cuerpo normativo tuvo sucesivas modificaciones y enmiendas desde el año 2005, pero, a pesar de las diversas reformas normativas, se mantuvieron vigentes los contenidos de los programas de instrucción y capacitación de Tripulantes de Cabina de Pasajeros que tenían sustento en la delegación efectuada por la Resolución JEMFAA N° 524/2001.

Que, consecuentemente, resulta pertinente fijar nuevos contenidos acordes a las exigencias actualmente vigentes en la reglamentación aeronáutica y en consonancia con las recomendaciones de la OACI.

Que con propósitos pedagógicos y a los efectos de mantener una estructura similar a la norma...

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