Disposición 225/2020

Fecha de publicación25 Noviembre 2020
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS


Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2020

VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título II, Capítulo II, Sección 13ª y la Disposición N° DI-2019-277-APN-DNRNPACP#MJ del 15 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Sección señalada en el Visto se reguló el trámite de transferencia de automotores y motovehículos con precarga de datos mediante el uso de las Solicitudes Tipo “08-D” Auto y Moto, de carácter digital.

Que, a ese fin, se instrumentó un procedimiento a través del Sistema de Trámites Electrónicos (S.I.T.E.), creado por Disposición D.N. N° 70/14 del 19 de febrero de 2014, que permite iniciar el trámite de inscripción de transferencia de dominio mediante la precarga de datos en forma remota en la página web de esta Dirección Nacional.

Que mediante Disposición N° DI-2019-277-APN-DNRNPACP#MJ se estableció que los Escribanos Públicos matriculados en Colegios de Escribanos que hubieran suscripto Convenios con esta Dirección Nacional a los efectos de posibilitar el acceso a la información referida a la vigencia de la matrícula y el ejercicio profesional en el marco de lo dispuesto en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo XI, Sección 3ª , artículo 5°, podrían utilizar también las Solicitudes Tipo “08-D” Auto, “08-D” Moto, “TP” y “TPM”.

Que, a tal efecto, se dispuso que los notarios podrían efectuar la precarga de los datos de las partes intervinientes en una transferencia de dominio, para la posterior impresión de la Solicitud Tipo “08-D” Auto y “08-D” Moto y certificación de sus firmas.

Que idéntico proceder fue autorizado en relación con los restantes trámites a través del SITE, mediante el uso de las Solicitudes Tipo “TP” y “TPM”.

Que ello permitiría que los usuarios que deseen iniciar las tramitaciones en línea también puedan hacerlo en las oficinas de un Escribano Público, donde completarían sus datos, imprimirían la documentación y certificarían sus firmas.

Que las modalidades de acceso al Sistema requerirán de la identificación del usuario como escribano matriculado, así como la validación de su matrícula y vigencia en el cargo.

Que, en ese marco, la mencionada Disposición N° DI-2019-277-APN-DNRNPACP#MJ autorizó a los Colegios de Escribanos que hubieran suscripto convenios con esta Dirección Nacional a adquirir las Solicitudes Tipo “08-D” Auto, “08-D” Moto, “TP” y “TPM”, para que sean suministradas a los colegiados que...

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