Disposición 43/2003
Fecha de disposición | 01 Septiembre 2003 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2003 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 30224 |
Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria SANIDAD VEGETAL Disposición 43/2003 Incorpórase en la Primera Etapa (Identificación de los Productos Frutihortícolas Frescos) del Sistema de Control de Productos Frutihortícolas Frescos (Sicofhor) a las Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria
SANIDAD VEGETAL
Disposición 43/2003
Incorpórase en la Primera Etapa (Identificación de los Productos Frutihortícolas Frescos) del Sistema de Control de Productos Frutihortícolas Frescos (Sicofhor) a las frutas cítricas y de pepita. Listado de especies.
Bs. As., 20/8/2003
VISTO el expediente N° 11.461, las resoluciones N° 493 del 6 de Noviembre de 2001 y N° 240 del 18 de Junio de 2003, del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO
Que la resolución N° 493 del 6 de noviembre de 2001 aprueba el SISTEMA DE CONTROL DE PRODUCTOS FRUTIHORTICOLAS FRESCOS (SICOFHOR), que se instrumentará por etapas definidas, estableciendo que la unidad ejecutora del sistema será la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria.
Que la resolución mencionada en el considerando precedente establece en su artículo 4° que la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria (DNFA), instrumentará la aplicación gradual de las Etapas del Sistema de Control por producto o grupo de productos mediante Planes de Acción, de acuerdo con las necesidades y prioridades del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que la Primera Etapa del Sistema es la de "Identificación de los Productos Frutihortícolas Frescos", en la que se logrará la correcta identificación de los productos, tanto sean de origen nacional o importados, indicando la calidad comercial de los mismos.
Que para el cumplimiento de las exigencias de identificación los productos de origen nacional serán acondicionados, previo a su consumo, en establecimientos inscriptos y registrados en este Servicio Nacional, según la normativa vigente. Los provenientes del exterior contarán con las certificaciones reglamentarias pertinentes exigidas por este Organismo y cumplirán iguales requisitos identificatorios, tal como lo establece el Código Alimentario y las normas vigentes.
Que la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria (DNFA), ha evaluado a través de la Dirección de Fiscalización Vegetal, dependencia competente en la materia, la posibilidad de incorporar en el marco gradual previsto, a las frutas cítricas y a las de...
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