Disposición 1/2003

Fecha de disposición15 Abril 2003
Fecha de publicación15 Abril 2003
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta30131

REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES

Disposición 1/2003

Establécese la aplicación para el registro de los documentos inscribibles y demás labores previstas para el Registro Nacional de Aeronaves la técnica del "folio real".

Bs. As., 4/4/2003

VISTO, que actualmente el Registro Nacional de Aeronaves efectúa las inscripciones y registraciones a su cargo en Libros (folios reales protocolizados), y de conformidad a lo establecido en los Capítulos III y IV de Código Aeronáutico y Decreto N° 4907/73 Reglamentario; y

CONSIDERANDO

Que el sistema empleado data del año 1928, por lo que las inscripciones y registraciones se encuentran volcadas en forma manuscrita en los folios de los Libros por ser la técnica de registro que en esa época se utilizaba en el mundo, existiendo actualmente medios no sólo mecánicos sino electrónicos que son empleados en todos los órdenes de la vida moderna dentro de los cuales se encuentra, como es sabido y reconocido, la actividad registral.

Que, además, y dado el tiempo transcurrido desde el uso y empleo de los libros del Registro Nacional de Aeronaves se ha producido un notable deterioro de los mismos lo que hace de muy dificultosa lectura las anotaciones efectuadas y por tanto de incierta eficiencia la labor registral específica.

Que asimismo se hace sumamente dificultosa la exhibición material de los asientos, no siendo posible su reproducción, cuando fuere menester, alterándose la eficiencia de la publicidad formal (emisión de Informes y Certificados) siendo que para ello se requiere el procesamiento manual por parte del registrador, haciéndose necesario recurrir a diversos controles que entorpecen la deseable línea de trabajo y produciendo retardos.

Que lo expuesto es demostrativo de las dificultades en el estado actual del Registro Nacional en sí mismo como de la eficiencia del servicio que se presta.

Que también como consecuencia de lo expresado anteriormente, los principios registrales de especialidad, inscripción, legalidad, prioridad, rogación, tracto y publicidad, no se ven adecuadamente reflejados como podría resultar de aplicarse una técnica moderna, eficiente y práctica.

Que la experiencia adquirida indica que se debe acudir a una técnica que aleje sustancialmente todo posible error en la labor del registrador y permita consolidar un sistema que sustente la seguridad jurídica y la eficiencia de la publicidad registral.

Que el sistema empleado resulta obsoleto y posee una marcada...

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