Disposición 97/2003

Fecha de disposición04 Marzo 2003
Fecha de publicación04 Marzo 2003
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta30102

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 97/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 26/2/2003

VISTO, la Disposición N° 587 (AFIP) del 27 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho acto administrativo se modificó el nivel jerárquico de las Regiones Impositivas, Aduaneras y de los Departamentos Aduana Buenos Aires y Ezeiza.

Que tras la puesta en funcionamiento de la nueva organización se advierte la conveniencia de modificar la ubicación de la Sección "Servicios Extraordinarios", dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires.

Que en tal sentido la Dirección General de Aduanas formula la propuesta pertinente.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Servicios Extraordinarios" dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, pase a depender del Departamento Operacional Aduanero.

ARTICULO 2°

Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A15 y en la parte pertinente los Anexos B14 y B15, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal,

ANEXO B14

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

ACCION

Entender en la substanciación de los sumarios administrativos y substanciados a auxiliares del comercio y del servicio aduanero e importadores y exportadores y a los procedimientos de impugnación y repetición. Entender en la substanciación de los sumarios contenciosos.

TAREAS

  1. Dirigir los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también intervenir en las impugnaciones que se presenten.

  2. Dirigir la substanciación de los sumarios contenciosos, desestimaciones de denuncias y sobreseimientos.

  3. Disponer la ejecución de sus pronunciamientos firmes.

  4. Disponer de las mercaderías afectadas a los sumarios a su cargo.

  5. Reasignar las competencias de las Secretarías de Actuación en función de las necesidades del servicio.

  6. Disponer los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también entender en primera instancia en las impugnaciones que se presenten.

    DIVISION SUMARIAL Y REPETICIONES

    ACCION

    Entender en los juzgamientos de inconductas disciplinarias de auxiliares del comercio y del servicio aduanero.

    Entender en los pedidos de repetición de tributos de importación y exportación.

    TAREAS

  7. Disponer la ejecución de sus pronunciamientos firmes.

  8. Efectuar los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también intervenir en las impugnaciones que se presenten.

  9. Efectuar los estudios de pedido de repetición de tributos a la importación y exportación de acuerdo a lo establecido por el Código Aduanero.

  10. Solicitar la acreditación de la personería, constitución de domicilio, aplicación de apercibimientos, de acuerdo a lo establecido...

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