Disposición 95/2002

Fecha de disposición06 Marzo 2002
Fecha de publicación06 Marzo 2002
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29852

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 95/2002

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. S/Complementaria.

Bs. As., 18/2/2002

VISTO que esta Administración Federal considera relevante la asistencia y colaboración que corresponde brindar al Poder Judicial de la Nación, para el mejor cumplimiento de las investigaciones sobre presuntos delitos fiscales que el mismo lleve a cabo, y

CONSIDERANDO:

Que, en orden a lo expuesto y atendiendo a la importancia estratégica que reviste la referida vinculación, se estima conveniente trasladar la unidad de estructura denominada División Atención Requerimientos Judiciales, actualmente dependiente jerárquicamente del Departamento Fiscalización Operativa existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva, al ámbito de la Dirección de Inteligencia Fiscal, de manera de optimizar dichas funciones y mantener la adecuada y eficiente continuidad de las mismas.

Que en tal sentido, procede asignar las mencionadas funciones a la Dirección de Inteligencia Fiscal dependiente de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, modificando consecuentemente su estructura organizativa.

Que la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA ha prestado su conformidad al respecto habiendo tomado la intervención que resulta de su competencia las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Atención Requerimientos Judiciales", dependiente jerárquicamente del Departamento Fiscalización Operativa existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pase a depender de la Dirección de Inteligencia Fiscal.

ARTICULO 2°

Reemplazar los Anexos A01, A40, B01 y B40 -en las partes pertinentes- de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

Anexo B 01

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DEPARTAMENTO FISCALIZACION OPERATIVA

ACCION

Efectuar -en jurisdicción...

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