Disposición 566/2000
Fecha de disposición | 24 Julio 2000 |
Fecha de publicación | 24 Julio 2000 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 29446 |
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MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 566/2000
Decreto Nº 436/00 "Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional". Comisión Evaluadora. Su integración.
Bs. As., 14/7/2000
VISTO el Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se instituye el "REGLAMENTO PARA LA ADQUISICION, ENAJENACION Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL".
Que a raíz de ello es necesario proceder a la designación de los tres miembros que integrarán la COMISION EVALUADORA que funcionará en esta Administración Federal atento a lo previsto en el artículo 77 del citado decreto.
Que a los fines de lograr una mayor celeridad en los procedimientos de la comisión, resulta conveniente delegar las facultades que le competen a la Máxima Autoridad del Organismo, en su calidad de titular de la Unidad Ejecutora del Programa o del Proyecto.
Que la facultad de delegar determinadas funciones y atribuciones se encuentra contemplada en el artículo 4º del Decreto Nº 618/97, sin perjuicio de conservar la facultad de avocarse al conocimiento y decisión de cualesquiera de los asuntos delegados.
Que el Decreto Nº 436/00, en su artículo 77, inciso b), también otorga a la Máxima Autoridad del Organismo la facultad de delegar su función como integrante de la Comisión Evaluadora.
Que la Dirección de Asuntos Legales Administrativos y la Subdirección General de Planificación y Administración han tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º punto 1) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Deléganse las facultades que le competen a la Máxima Autoridad del Organismo -en su calidad de titular de la Unidad Ejecutora del Programa o del Proyecto- como miembro de la Comisión Evaluadora, en los Directores y Jefes de Departamento -para las áreas centralizadas- y en los Jefes de Departamento y Jefes de Región -para las áreas descentralizadas- de acuerdo a lo instituido en el artículo 77 inciso b) del Decreto Nº 436/00.
Exceptúase de lo dispuesto en el artículo anterior al Director de Administración, en razón de revestir el carácter de...
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