Disposición 158/2000

Fecha de disposición14 Marzo 2000
Fecha de publicación14 Marzo 2000
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29357

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Disposición Nº 158/2000

Bs. As., 6/3/2000

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones de índole operativas y funcionales aconsejan modificar la dependencia jerárquica del Departamento Análisis y Control de Denuncias.

Que dicha modificación cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Contralor y de Fiscalización.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Recursos Humanos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional (Disposición Nº 890/98).

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º

Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Análisis y Control de Denuncias" y sus unidades dependientes existentes en el ámbito de la Subdirección General de Contralor, pasen a depender de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.

ARTICULO 2º

Reemplazar los Anexos A24, A34, B24 y C de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - CARLOS SILVANI, Administrador Federal.

ANEXO B24

SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE PROGRAMAS Y NORMAS DE FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar los planes y programas de fiscalización, incluyendo las normas procedimentales para la determinación de oficio, para todo el país, evaluando los resultados obtenidos por las áreas operativas y generando información de apoyo a las acciones de fiscalización del Organismo.

ACCIONES

  1. Elaborar los planes generales de fiscalización para todo el país, en base a la información obrante en el Organismo.

  2. Elaborar las instrucciones y pautas de fiscalización para todo el país y efectuar el control y seguimiento de los mismos.

  3. Desarrollar las tareas de enlace entre la propia dependencia y sus subordinadas jerárquicas y los sistemas de información disponibles, a los efectos de coordinar su utilización para fines de fiscalización y sugerir los ajustes que sean del caso.

  4. Supervisar y evaluar las tareas inherentes a la fiscalización de los tributos con el fin de mejorar y desarrollar los sistemas y procedimientos de fiscalización del Organismo.

  5. Recibir, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y...

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