Disposición 1124/1999

Fecha de disposición02 Diciembre 1999
Fecha de publicación02 Diciembre 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29285

Dirección Nacional de Comercio Interior Dirección Nacional de Comercio Interior

LEALTAD COMERCIAL

Disposición 1124/99

Postérgase la verificación previa al despacho a plaza de la documentación exigida por la Resolución Nº 92/98-SICYM, para determinadas mercaderías alcanzadas por los requisitos de seguridad eléctrica establecidos por dicha norma.

Bs. As., 30/11/99

VISTO la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 92, del 16 de febrero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición de esta Dirección Nacional Nº 1011, del 6 de octubre de 1999, postergó hasta el 1º de diciembre del corriente año el control al ingreso al país de una serie de mercaderías alcanzadas por los requisitos de seguridad eléctrica establecidos por la Resolución S.l.C. y M. Nº 92/98.

Que a la fecha se halla en su fase final la elaboración de un listado enunciativo de productos efectivamente alcanzados por la norma legal mencionada.

Que hasta tanto dicho listado se halle en vigencia, no resulta conveniente impedir el ingreso al país de productos cuyas exigencias se encuentren aún pendientes de determinación, sin perjuicio del cumplimiento por parte de los mismos de los requisitos exigibles en oportunidad de su comercialización en el mercado interno.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 10 de la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 524, del 20 de agosto de 1998.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

Artículo 1º

Postérgase hasta el 1º de febrero del año 2000 la verificación previa al despacho a plaza de la documentación exigida por la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98 por parte de la DIRECCIóN GENERAL DE ADUANAS, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, para las mercaderías incluidas en el ANEXO I de la Disposición D.N.C.I. Nº 1162/98.

Art. 2º

Lo dispuesto por el artículo anterior, no exime a los responsables de los...

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