Disposición 899/1999

Fecha de disposición18 Agosto 1999
Fecha de publicación18 Agosto 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29210

Dirección Nacional de Comercio Interior Dirección Nacional de Comercio Interior

LEALTAD COMERCIAL

Disposición 899/99

Prorrógase el comienzo de la vigencia de la Resolución Nº 92/98-SICYM para todos los materiales y aparatos eléctricos y electrónicos diseñados para utilizarse con una tensión inferior a los 50 volts., y para aquellos materiales y aparatos eléctricos y electrónicos diseñados para ser utilizados con una corriente nominal que exceda los 63 amperes.

Bs. As., 12/8/99

VISTO las Resoluciones de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 92, del 16 de febrero de 1998, y Nº 524, del 20 de agosto de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el proceso de seguimiento y control de la aplicación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98 demanda importantes recursos humanos y técnicos asignados a esta Dirección Nacional.

Que este organismo es también autoridad de aplicación de otros regímenes de certificación obligatoria de condiciones de seguridad de diversos productos de consumo masivo.

Que resulta necesario otorgar prioridad a las condiciones en que se comercializan los productos eléctricos destinados a consumidores no idóneos en la materia.

Que la confiabilidad del régimen en vigencia, luego de un año de aplicación, hace aconsejable limitar los casos en que pueda utilizarse la facilidad del despacho de las mercaderías importadas sin derecho a uso.

Que para otorgar mayor seriedad a dicha operatoria resulta conveniente contar con la información fehaciente de parte de la entidad certificadora reconocida interviniente.

Que se hace necesario contemplar la situación de los productos cuya comercialización se discontinúa con anterioridad al ingreso a la etapa definitiva de aplicación del régimen mencionado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 10 de la Resolución S.I.C. y M. Nº 524/98.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

Artículo 1º

Prorrógase hasta el 18 de agosto del 2000 el comienzo de la vigencia de la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98 para todos los materiales y aparatos eléctricos y electrónicos diseñados para utilizarse con una tensión inferior a los CINCUENTA (50) volts. Igual tratamiento se otorgará a aquellos materiales y aparatos eléctricos y electrónicos diseñados para ser utilizados con una corriente nominal que exceda los SESENTA Y TRES (63) amperes.

A partir de la fecha indicada los responsables de su fabricación o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR