Disposición 35/1999

Fecha de disposición23 Marzo 1999
Fecha de publicación23 Marzo 1999
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29111

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Disposición Nº 35/99 (D MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición Nº 35/99 (D.G.I.).

Solicitud de Certificados para su presentación ante autoridades de estados extranjeros o sociedades, empresas o personas físicas del exterior.

Bs. As., 17/3/99

VISTO la Disposición Nº 33 del 26 de noviembre de 1997 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t.o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y su modificatoria) se aprobó la estructura organizativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que en tal orden de ideas, resulta indispensable actualizar la nómina de funcionarios con facultad para firmar los certificados que los responsables soliciten para ser presentados ante las autoridades de estados extranjeros o sociedades, empresas o personas físicas del exterior, en el ámbito del interior del país.

Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas II y III.

Que mediante Disposición Nº 28 del 25 de febrero de 1999 se adoptó una medida similar respecto de las jefaturas del ámbito metropolitano, resultando aconsejable reunir ambas en un único acto.

Que en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención que le compete.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618/97, procede a resolver en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE:

ARTICULO 1º

Las solicitudes de certificados de pago respecto de cualquiera de las obligaciones cuya recaudación y fiscalización se encuentra a cargo de esta Repartición, así como también de los importes de las rentas declaradas y retenciones efectuadas o del carácter de "no contribuyente" que formulen los responsables, para ser presentados ante las autoridades de estados extranjeros o sociedades, empresas o personas físicas del exterior, serán tramitados por las dependencias del área de recaudación en que se halle inscripto el peticionante o en la que corresponda de acuerdo con su domicilio.

ARTICULO...

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