Disposición 320/1998

Fecha de disposición28 Diciembre 1998
Fecha de publicación28 Diciembre 1998
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29051

Disposición 320/98 del 18/12/98 Subsecretaría de Combustible

GAS NATURAL

Disposición 320/98

Otórgase excepción, a límites permitidos de venteo de gas determinados en la Resolución Nº 143/98, en el yacimiento Cabo Nombre, perteneciente al área Tierra del Fuego ubicada en la Provincia de Tierra del Fuego., Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Bs. As., 18/12/98

B.O: 28/12/98

VISTO el Expediente N° 750-005268/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMíA Y OBRAS Y SERVICIOS PúBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, establece las normas sobre el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento integral del recurso, así como las condiciones de excepción a los límites permitidos de venteo.

Que en tal sentido, la empresa PAN AMERICAN FUEGUINA ha presentado a esta Autoridad de Aplicación un pedido de excepción para efectuar obras de aprovechamiento del gas de venteo en el yacimiento CABO NOMBRE, ubicado en el área TIERRA DEL FUEGO, de la CUENCA AUSTRAL, acorde a lo que establece la citada normativa.

Que analizada la presentación, desde el punto de vista técnico y normativo corresponde el otorgamiento de la excepción solicitada.

Que las obras a realizar permitirán reducir los venteos a valores mínimos y aprovechar mejor las reservas de hidrocarburos, y por lo tanto, redundará en beneficio de una mejor utilización de la energía natural del yacimiento y una mayor recuperación final de los reservorios.

Que la aplicación de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, así como el otorgamiento de las excepciones previstas en la misma, justifican el dictado de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades dispuestas en la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, en la que se delegó en esta SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la facultad de otorgar excepciones a los límites máximos establecidos en el Anexo I de la misma.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMBUSTIBLES

DISPONE:

Artículo 1°

Otórgase excepción, a los límites permitidos de venteo de gas establecidos en el apartado 5.4. del Anexo I de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, en el yacimiento CABO NOMBRE, perteneciente al área TIERRA DEL FUEGO, ubicada en...

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