Disposición 3341/1998

Fecha de disposición24 Julio 1998
Fecha de publicación24 Julio 1998
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta28944

Disposición 3341/98 del 13/07/98 Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ESPECIALIDADES MEDICINALES

Disposición 3341/98

Prohíbese la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional de determinados productos de la firma Boehringer Ingelheim S.A.

Bs. As., 13/07/98.

  1. O.: 24/07/98.

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-676-98-7 de esta Administración Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos, el Instituto Nacional de Medicamentos por Ordenes de Inspección Nº 4540/98, 4098/98, 3954/98, 4480/98, 4384/98 y 3566/98 procedió al retiro de muestras de diversos medicamentos de las farmacias "FARMACIA JORGE URO II" sita en la calle Sarmiento 595 de la localidad de La Quiaca -Pcia. de Jujuy-; "FARMACIA LA TERMINAL" ubicada en Gdor. Tello 180 de la localidad de San Pedro -Pcia. de Jujuy-; "FARMACIA CALIXTO" sita en Senador Pérez 180, Abrapampa, -Jujuy-; "FARMACIA BELGRANO" Belgrano Esquina Lamadrid, San Salvador de Jujuy, -Pcia. de Jujuy-; "NUEVA FARMACIA TERMINAL" Hipólito Yrigoyen 1002, San Salvador de Jujuy -Pcia de Jujuy-y "FARMACIA FOREST" sita en la Avda. Forest 1180 de esta Capital Federal.

Que los resultados de estos procedimientos se secuestraron muestras de los Productos rotulados como Efortil x 20ml. en su forma farmacéutica gotas lotes J1186 Vto. 11/99; Buscapina Compositum -Grageas-lote J0813 Vto. 8/99; Buscapina Compositum Grageas sin número de lote ni fecha de vencimiento, Perlutal Ampollas Lotes K0966 Vto. 11/01 y K1113 Vto. 01/02 siendo la ampolla de tal producto rotulada como Perlutan 1ml. de Angeli y Buscapina Compositum gotas Lote J1010 vencimiento 10/98 marcas registradas de la firma laboratorios BOEHRINGER INGELHEIM S.A. para proceder a su análisis.

Que la firma BOEHRINGER INGELHEIM S.A. no reconoció como propios del laboratorio a dichos productos, los que difieren con los originales en el material de empaque utilizado tanto en el envase primario como así también en su envase secundario con el utilizado por el laboratorio y en la tipología utilizada para la codificación del lote y la fecha de vencimiento de los productos. Tal circunstancia quedó constatada por el INAME mediante Acta de Fecha 23 de junio de 1998.

Que asimismo corresponde que las circunstancias enunciadas sean puestas en conocimiento de la Comisión de Fiscales creada por Resolución Nº 54/97 de la Procuración General de la Nación a los...

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