Disposición 83/1998

Fecha de disposición14 Mayo 1998
Fecha de publicación14 Mayo 1998
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta28897

Disposición 83/98 del 7/05/98 Subsecretaría de Pesca PESCA Disposición 83/98 Documentación que deberán presentar los titulares de proyectos de explotación pesquera aprobados en el marco del régimen establecido por la Resolución N° 312/95 de la ex-Secretaría, Agricultura, Ganadería y Pesca. Bs. As., 7/5/98 B.O: 14/5/98 VISTO el expediente Nº 800-000842/98 del registro de esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución Nº 312 de fecha 23 de noviembre de 1995, del registro de la exSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se estableció el Registro Especial de Proyectos Pesqueros para Buques Extranjeros que se incorporarán a la actividad en el marco del Decreto Nº 1493 de fecha 20 de agosto de 1992. Que los proyectos de explotación pesquera para la especie calamar aprobados en el marco de este régimen. tienen una duración de 36 meses, finalizando los mismos el 31 de agosto de 1998. Que a los efectos de su calificación, oportunamente se tomaron los parámetros establecidos en el Anexo I de la Resolución Nº 312 de fecha 23 de noviembre de 1995, respecto de los compromisos por parte de sus titulares de embarcar un porcentaje determinado de tripulantes de nacionalidad argentina, de industrializar un porcentaje de las capturas realizadas durante su desarrollo, del pago del canon correspondiente, y de realizar el carenado y las reparaciones de los buques aprobados en astilleros argentinos. Que por la Resolución Nº 89 de fecha 25 de febrero de 1997, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION se estableció que las empresas titulares de los proyectos aprobados en el marco del Decreto Nº 1493 de fecha 20 de agosto de l992 deben acreditar el cumplimiento de los compromisos asumidos, así como también presentar cada TRES (3) meses, a partir del inicio de la primera marea que cumpla con alguno de sus buques, un resumen de sus actividades fundamentado con la documentación requerida por la SUBSECRETARIA DE PESCA. Que resulta necesario determinar cual es la documentación que debe ser presentada a tal fin. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto par el artículo 2º de la Resolución Nº 89 de fecha 25 de febrero de 1997, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION. Por ello, EL SUBSECRETARIO...

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