Disposición 763/1998

Fecha de disposición04 Marzo 1998
Fecha de publicación04 Marzo 1998
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta28849

Disposición 763/98 del 27/02/98 Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ESPECIALIDADES MEDICINALES Disposición 763/98 Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos por ser ilegítimos, no registrados y no contar con la correspondiente garantía que asegure su eficacia o inocuidad, en todo el territorio nacional. Bs. As., 27/2/98 B.O.: 04/03/98 VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-831-97-4 del Registro de esta Administración Nacional; y CONSIDERANDO: Que como consecuencia del Programa de Pesquisa de Medicamentos ilegítimos encarado por esta Administración Nacional, el Instituto Nacional de Medicamentos detectó la existencia de una serie de productos ilegítimos. Que los productos detectados, que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Disposición, se presentan como comprimidos x 10 envasados en blisters con la leyenda LACEFA SIN NUMERO DE LOTE, CON VENCIMIENTO SELLADOS EN TINTA NEGRA O ROJA Y PUEDEN PRESENTAR ERRORES EN EL GENERICO O EN LA DOSIS. Que en el caso del producto SALBUTAMOL, SOLUCION x 15 ml., los frascos se presentan SIN NUMERO DE LOTE NI VENCIMIENTO Y SU TAPA PRESENTA UN ARO EN RELIEVE. Que se hicieron presentes en el Instituto Nacional de Medicamentos, con fecha 15 de septiembre de 1997, 8 de septiembre de 1997 y 2 de septiembre de 1997, la Directora Técnica Dra. Cristina Cicconi y la Co-directora Técnica Dra. Elena María Javorcich de LABORATORIOS LACEFA S.A.I.C.A., indicando que las especialidades medicinales detectadas son ilegítimas, dado que los blisters presentados para su reconocimiento son diferentes a los utilizados en el Laboratorio. Que las diferencias consisten en que Laboratorios Lacefa S.A.I.C.A utiliza blisters impresos con nombre del producto, genérico, número de certificado, vencimiento y número de lote. Que asimismo se hace notar que en algunos de los blisters existen errores groseros en la denominación de la droga y dosis (Enalapil, Halloperidol, Trifluoperazi, y en el caso del Piroxican debería ser Piroxicam, y la dosis correcta debería ser 20 mg.). Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en ejercicio...

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