Disposición 210/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2010

Martes 31 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.976 54

Que los agentes negociales han acreditado la personerÃa y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente texto convencional se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personerÃa gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el ArtÃculo 17 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponderÃa dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el ArtÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Decláranse homologados el Acuerdo y Anexo celebrados entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD y la empresa IBOPE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que lucen a fojas 1/2 del Expediente N'º1.376.308/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexo obrantes a fojas 1/2 del Expediente N'º1.376.308/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Anexo homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo,

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N'º1.376.308/10

Buenos Aires, 21 de mayo de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N'º209/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 665/10.

— JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

Señores:

Director de la DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACION, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL PRESENTE VICENTE ALVAREZ PORTAS, OSVALDO SORRENINO, JUAN CARLOS MONTENEGRO,

GUSTAVO RAIDE y ANA MARIA MENDÍA, en su carácter de Secretario General, Adjunto, Gremial,

Actas y Delegada del Personal, respectivamente, en representación del SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.), con el patrocinio letrado del Dr. ADALBERTO ERALDO ROSSETTI, T'º 28 F'º 295 C.P.A.C.F., constituyendo domicilio procesal en la calle Tte. Gral. J. D. Perón 2385 de la C.A.B.A., por una parte en adelante EL SINDICATO; y la Sra. ROXANA VALERIA ÁVILA, en su carácter de apoderado de la empresa IBOPE ARGENTINA S.A., con el patrocinio letrado de la Dra. ANA D’ERRICO,

T'º 32 F'º 597 C.P.A.C.F., constituyendo domicilio legal en calle Suipacha 664 de la C.A.B.A., por otra parte, en adelante LA EMPRESA, se presentan y dicen:

Que, a tenor del reclamo formulado por EL SINDICATO en relación con la situación salarial del personal de LA EMPRESA, ambas partes vienen a formular el presente...

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