Disposición 1534/2010
Fecha de publicación | 29 Julio 2010 |
Fecha de disposición | 29 Julio 2010 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31954 |
Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de esta Jurisdicción, en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº 1421/02, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08) otorgándole un pago de OCHOCIENTAS (800) Unidades Retributivas por única vez y pagos mensuales consecutivos adicionales a su remuneración equivalentes a la cantidad de CUATROCIENTAS (400) Unidades Retributivas, pertenecientes a la Subsecretaría mencionada. La asignación propuesta comenzará a regir a partir del primer día del mes siguiente a su otorgamiento.
El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de esta Jurisdicción vigente para el corriente ejercicio.
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- JUAN A. PALLI Y MASQUE, Secretario de Planificación y Gestión para la Integración Nacional, Jefatura de Gabinete de Ministros.
e. 29/07/2010 Nº 85958/10 v. 29/07/2010 INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución Nº 1596/2010
Bs. As., 22/7/2010
VISTO, el expediente Nº 288/2009/INCAA y la Resoluciones Nº 1889/2008, 695/2010, 1268/2010, 1005/2010/INCAA y;
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 1889/2008/INCAA se llamó a dos concursos anuales de DIEZ (10) Cortometrajes de ficción o de animación; seleccionándose CINCO (5) proyectos por cada llamado.
Que por la Resolución Nº 695/2010/INCAA se ha designado al Jurado para seleccionar a los ganadores y suplentes correspondientes al 2º llamado del año 2009 de dicho concurso.
Que en la Resolución Nº 1268/2010/INCAA seleccionaron a los ganadores del concurso, según lo dispuesto por el Acta del Jurado del 31 de mayo de 2010.
Que el mencionado Jurado realizó el Acta Aclaratoria el día 1 de julio del corriente, donde expresa: 'En virtud de Io dispuesto en el artículo 13º de la Resolución 1005/2010/INCAA, y con motivo de haberse detectado un error material involuntario en la redacción del Acta con fecha 31 de mayo del corriente en la que consta la elección de ganadores del concurso de referencia, ratifican lo indicado respecto del ganador en la categoría INDEPENDIENTE, Gustavo CABAÑA quien es el autor del guión presentado pero no su titular en el concurso. El premio le corresponde a Lucas SANTA ANA quien fue...
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