Disposición 2123/2014

Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 2123/2014Bs. As., 5/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.539.813/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 32 del 24 de enero de 2014, las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 91 del 30 de mayo de 2014 y N° 143 del 5 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 y 83 del Expediente N° 1.539.813/12 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO, por la parte sindical, y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa N° 41/91 “E” y N° 53/92 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo fue homologado por el artículo 1° de la Disposición D.N.R.T. N° 32/14 y registrado bajo el N° 163/14, conforme surge de fojas 116/119 y 122, respectivamente.

Que mediante el artículo 1° de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 91 del 30 de mayo de 2014, se hizo saber a las partes que debían presentar las escalas salariales correspondientes al acuerdo de marras.

Que el plazo fijado por el artículo 1° de la Disposición D.N.RR.T. N° 91/14, venció sin que se hubiese recibido respuesta de ninguna de las partes signatarias del acuerdo de marras.

Que mediante el artículo 1° de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 143 del 5 de agosto de 2014, se hizo saber a las partes que no resultaba factible fijar el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo citado, por no contar con la información necesaria para dichos fines.

Que a fojas 1/35 del Expediente N° 1.637.971/14 agregado como fojas 161 al Expediente principal, obra la presentación efectuada por las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, acompañando las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 163/14.

Que en razón de los antecedentes expuestos, corresponde dejar sin efecto lo establecido por el...

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