Disposición 21/2023

Fecha de publicación17 Enero 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2023

VISTO el EX-2020-52951164-APN-ATF#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2021-1114-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 5 del IF-2020-52952333--APN-ATF#MT del EX-2020-52951164- -APN-ATF#MT, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1277/21, celebrado por el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA y la empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1145/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la página 9 del IF-2020-52952333--APN-ATF#MT del EX-2020-52951164- -APN-ATF#MT, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1278/21, celebrado por el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA y la empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1145/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en el IF-2023-02882565-APN-DNRYRT#MT obra el informe técnico, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad, en el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios que se fijan por la presente y en donde además se expresan los fundamentos por los que no corresponde establecerlos respecto de los Acuerdos registrados bajo el N° 1276/21 y N° 1279/21, homologados por el artículo 1° y 4° de la Resolución precitada.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su similar DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR