Disposición 207/2022

Fecha de publicación09 Junio 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2022

VISTO el EX-2019-80923057-APN-DGDMT#MPYT del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.2004), y

CONSIDERANDO:

Que en la páginas 17/25 del IF-2019-80932852-APN-DGDMT#MPYT, se encuentra agregado el acuerdo celebrado el 5 de abril del 2019, entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la firma ATLÁNTICA DE JUEGOS S.A., por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del referido instrumento los agentes negociales convienen nuevas condiciones salariarles, las que se harán efectivas conforme los términos y lineamientos allí consignados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1333/13 “E” del cual las partes resultan signatarias.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, conforme consta en las actas agregadas en los IF-2020-05405589-APN-DNRYRT#MPYT e IF-2020-05409307-APN-DNRYRT#MPYT y han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente tal surge de las demás constancias de autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Articulo 17 de la Ley N° 14,250 (to. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante...

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