Disposición 47/2010

Fecha de disposición04 Mayo 2010
Fecha de publicación04 Mayo 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31896

C - ADICIONAL TURNO E INSPECCION DE OBRA Categorías TURNO 42 hs semanales INSPECCION DE OBRAS 48 hs semanales Hasta Ago.09

Desde Set.09

Hasta Ago.09

Desde Set.09

Auxiliar $ 500 $ 700 $ 0 $ 700

Operador $ 575 $ 800 $ 575 $ 800

Operador Calificado $ 660 $ 900 $ 660 $ 900

Operador Especializado $ 750 $ 1.000 $ 750 $ 1.000

D - OTROS ADICIONALES Funciones Hasta Ago.09 Desde Set.09

Soldador Alta Presión $ 360 $ 500

Fusionista y/o Soldador M/B Presión $ 180 $ 250

Falla de Caja $ 180 $ 250

E- OTROS CONCEPTOS REMUNERATIVOS Concepto Hasta Ago.09 Desde Set.09

Guardia Pasiva - Día Hábil $ 12 $ 20

Guardia Pasiva - Día No Laborable $ 24 $ 40

Guardia Pasiva Semanal $ 120 $ 200

F - OTROS CONCEPTOS NO ERMUNERATIVOS Concepto Hasta Ago.09 Desde Set.09

Asignación Pernocte en Comisión de Servicios $ 20 $ 35

Tope Mensual Reintegro por Guardería Maternal $ 260 $ 350 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 47/2010

Registro Nº 142/2010

Bs. As., 25/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.358.707/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.358.707/09 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) por la parte sindical y la CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES, el MUTUALISMO ARGENTINO CONFEDERADO y la CONFEDERACION NACIONAL DE MUTUALIDADES DE LA REPULICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo las partes establecen un incremento sobre los básicos del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 496/07, del que son sus suscriptores, en los porcentuales y forma de aplicación consignada en el mismo.

Que la vigencia es a partir del 1º de noviembre de 2009.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o.

2004).

Que por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por la Resolución S.T. Nº 41/10.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NEGOCIACION COLECTIVA EN AUSENCIA DE LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) por la parte sindical y la CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES, el MUTUALISMO ARGENTINO CONFEDERADO y la CONFEDERACION NACIONAL DE MUTUALIDADES DE LA REPULICA ARGENTINA, glosado a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.358.707/09.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de. Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.358.707/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin...

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