Disposición 2/2021

Fecha de publicación29 Enero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL


Ciudad de Buenos Aires, 26/01/2021

VISTO: El Expediente EX-2020-27418317- -APN-DCOYS#PFA del registro del Departamento de Compras y Suministros de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la Decisión Administrativa N° 335/2020, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 191/2020, el Decreto N° 1172/2003, el Acta de Entendimiento registrado mediante IF-2020-65807673-APN-J#PFA, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del organigrama de aplicación vigente para el MINISTERIO DE SEGURIDAD, corresponde a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL —dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL— conforme la Decisión Administrativa N° 335/2020, la responsabilidad primaria de participar en el diseño, desarrollo e implementación de políticas para la actualización y mejora de la estructura organizativa y funcional de las Fuerzas Policiales y de Seguridad. Asimismo, tiene el trabajo de gestionar mecanismos de control de la corrupción en el ámbito de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, desarrollando, de esta manera, políticas y programas preventivos;

Que, para ello se prevé el desarrollo de acciones tales como: dirigir la implementación en las Fuerzas Policiales y de Seguridad, de políticas y programas preventivos de hechos de corrupción; realizar análisis de asuntos de ética pública y transparencia; intervenir preventivamente, cuando así se le requiera, en el análisis de procedimientos de selección de proveedores de las Fuerzas Policiales y de Seguridad y evaluar, desde el punto de vista de su competencia, la ejecución de los contratos administrativos de aquellas Fuerzas que se sometan a su consideración;

Que, de igual forma, posee las facultades para elaborar un mapa de riesgos de corrupción y proponer modificaciones a los regímenes o procedimientos administrativos u organizacionales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, a fin de evitar hechos ilícitos o irregulares; y diseñar y gestionar políticas institucionales tendientes a desarrollar plataformas de detección y prevención de posibles actos de corrupción;

Que, mediante la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 191/2020 se creó en el ámbito del citado Ministerio el “Programa de Transparencia e Integridad” para impulsar acciones tendientes a preservar, promover y fortalecer a las áreas dependientes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad y entidades descentralizadas actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en temas vinculados con la ética, la transparencia y la integridad y con la prevención y la lucha contra la corrupción, encontrándose la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL entre los organismos comprendidos;

Que, a su vez, el Artículo N° 2 de la mentada Resolución estableció como autoridad de aplicación del Programa a la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL y como Unidad de Implementación de las acciones a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, estableciéndose en el Artículo N° 4 que, para el cumplimiento de los objetivos del programa, la autoridad de aplicación podría adoptar medidas tales como concertar actas-compromisos...

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