Disposición 198/2020

Fecha de publicación11 Junio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO


Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2020

VISTO el expediente electrónico EX-2020-28542577- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE MEDICAMENTOS Y ESTUPEFACIENTES PARA EMERGENCIA COVID 19, atento a que existe una gran demanda de esos insumos en el HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”, debido a la exponencial propagación del flagelo sanitario, en número de orden 19.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 27.

Que con fecha 05 de mayo de 2020 a las diez horas se realizó la apertura de la presente contratación presentándose a la misma los oferentes Farmed S.A. CUIT 30654456115, DNM Farma SA CUIT 30710138474 y Droguería Family CUIT 30710807341 en número de orden 30.

Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 25.

Que, a la fecha, los oferentes Farmed S.A. CUIT 30654456115, DNM Farma SA CUIT 30710138474 y Droguería Family CUIT 30710807341 no registran sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley Nº 26.940, según consta en número de orden 56.

Que, en función de los resultados del informe técnico, en número de orden 44, surge que los oferentes Droguería Family CUIT 30710807341, Farmed S.A. CUIT 30654456115 y DNM Farma SA CUIT 30710138474, cumplen con los aspectos técnicos.

Que los oferentes Droguería Family CUIT 30710807341 y DNM Farma SA CUIT 30710138474 no poseen deudas líquida y exigible o previsional ante la AFIP y Farmed S.A. CUIT 30654456115 posee deudas líquidas, según número de orden 54.

Que se consultó en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) los precios máximos de referencia, no...

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