Disposición 1723/2010

Fecha de la disposición21 de Abril de 2010

Por ello:

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE:

ARTICuLO 1º

Prohíbese el uso y la comercialización en todo el Territorio Nacional, del producto rotulado como 'ERBITuX Cetuximab 5 mg/ml x 1 vial x 100 ml, Lote: 4984701 Vto. 06/10, que posea las características descriptas en el Anexo I de la presente Disposición, que forma parte integrante de la misma, por las razones descriptas en el Considerando de la presente.

ARTICuLO 2º

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a las autoridades provinciales y a las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a las cámaras y entidades profesionales que corresponda. Comuníquese a la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación.

Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido Archívese. -- Dr.

CARLOS CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.

ANEXO I Perfumes y la Disposición 3478/05 sobre Requisitos Técnicos Específicos para Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes (Resolución Mercosur GMC Nº 26/2004), Anexo I punto 13 del cuadro 'datos comprobatorios de los beneficios atribuidos al producto (comprobación de eficacia)'.

Que no poseen controles de Calidad del producto terminado, incumpliendo lo dispuesto por el Artículo 3º de la Disposición 1108/99 sobre Normas Técnicas para la admisión automática de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes y los ítems 11.12 y 11.26 de la Disposición 1107/99.

Que tampoco poseen especificaciones para el producto terminado, incumpliendo lo dispuesto por la Disposición 3478/05, Anexo I punto 6 del cuadro 'especificaciones técnicas organolépticas y físico químicas del producto terminado' y la Disposición 1107/09 norma a la que se deberán ajustar las empresas elaboradoras, importadoras, exportadoras y envasadoras de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes, ítem 11.14 sobre 'especificaciones y métodos analíticos seguidos para el control de todas las materias primas, material de envase y empaque, productos intermedios y productos terminados'.

Que no poseen Test de Irritación Primaria dérmica, incumpliendo con lo dispuesto por el artículo , segunda parte, de la Disposición 1108/99 sobre Normas Técnicas para la admisión automática de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes.

Que...

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