Disposición 19/2022

Fecha de publicación03 Junio 2022
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA NEUQUÉN


Neuquén, Neuquén, 02/06/2022

VISTO que la Aduana de Neuquén dependiente de la Dirección Regional Aduanera Pampeana, SDGOAI, DGA, AFIP, cuenta actualmente con la disponibilidad de “56,599 kilos de maíz troceado o quebrantado” y en consecuencia, esta instancia mediante Disposición Nro. DI-2022-14-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI de fecha de 10 de mayo de 2022 dispuso subastar en Subasta Pública las mercaderías en trato; y,

CONSIDERANDO:

Que la mercadería detallada en el Anexo IF-2022-00871805-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI del presente acto, fuera ofrecida oportunamente en Subasta electrónica de fecha 23/05/2022 a las 13 hs. resultando desierto este primer ofrecimiento, siendo necesario que esta instancia disponga nuevamente la venta en subasta de 56.599 kilos de maíz troceado o quebrantado, Posición Arancelaria P.A.N.C.M. 1104.23.00.000D, almacenado en un total de tres (3) contenedores y que se encuentra almacenada en el Depósito Fiscal y Aduanero del Neuquén.-

Que, en ese orden, la Instrucción General Nro. 007/2004 (D.G.A. - SDG LTA) instruye: “(…). Ante el fracaso del primer acto de venta, se procederá a reducir su valor en un 25% y en cada nueva subasta se reducirá el mismo porcentaje del valor en aduana inmediato anterior, el que nunca podrá ser inferior al monto de los gravámenes calculados sobre el valor de la mercadería establecido en ocasión de la primera subasta. (…).”; en ese sentido, a fojas 49 de la presente actuación, obra aforo efectuado por la Sección Inspección Simultánea de esta Aduana de Neuquén que contempla los aspectos instruidos por la reglamentación recién explicada, estableciendo la reducción del veinticinco por ciento (25%) del valor en aduana de la mercadería en trato.

Que, por último, corresponde señalar que el presente acto administrativo se dicta en cumplimiento de lo instruido oportunamente por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior mediante Nota E-Mail N° 263/2017 (SDG OAI), en orden a priorizar la tramitación de actuaciones con mercadería involucrada y el consecuente descongestionamiento de los distintos lugares de almacenamiento, lo que a su vez fuera reiterado en la videoconferencia del 05 de abril del mismo año, conforme además recientes correos oficiales Nros. 038/2019 (SDG OAI) y 27/2019 (SANP DV EORP) de la Dirección Regional Aduanera Pampeana, en cuanto se instruye a todas las Aduanas proceder con el descongestionamiento de los Depósitos de Secuestro y mercaderías provenientes de la Rezago.

Que el 22 de septiembre de 2020 se...

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