Disposición 178-E.

Fecha de disposición25 Enero 2018
Fecha de publicación25 Enero 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 178-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017

VISTO el Expediente N° 1.776.356/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/6 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOEESITRA) y la empresa TELECOM PERSONAL S.A., ratificado por las partes a fojas 41, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el Acuerdo de marras los agentes negociadores convienen formalizar la nueva escala salarial y el correspondiente pago de sumas no remunerativas para los "Grupos Laborales" y categorías específicas en los términos del artículo 2 \u2013 último párrafo \u2013 del CCT N° 712/15.

Que se determinan, además, los montos que la Empresa abonará en el marco de las negociaciones paritarias 2017.

Que se pacta que la nueva escala salarial se implemente en cuatro cuotas (meses de julio de 2017, enero, febrero y abril de 2018).

Que el acuerdo referido se enmarca en el CCT N° 712/15 para la actividad de Telefonía Celular y/o Móvil.

Que, asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surgen contradicciones con la normativa...

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